jueves, 2 de febrero de 2012

Félix Dillana sin indemnización y tiene que pagar las costas

NO TIENE DERECHO, SEGÚN EL TSJEX, QUE CONDENA EN COSTAS AL EXDIPUTADO

Dillana se queda sin indemnización de la Asamblea de Extremadura


El exdiputado socialista solicitaba una cantidad por sus 24 años de diputado regional



elperiodicoextremadura.com / La Crónica de Badajoz 02/02/2012

El exdiputado autonómico socialista,Félix Dillanano será indemnizado por sus 24 años en la Asamblea. Así lo determina la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJEx), para la que esa reclamación no tiene fundamento. Además, le impone al demandante las costas del procedimiento.
 
Dillana había reclamado a la Mesa de la Asamblea una indemnización en razón del artículo 22.4 del Reglamento de la cámara que establece que este órgano determinará "una asignación de transición para aquellos diputados que pierdan tal condición por extinción del mismo o por renuncia".
 
Dillana, en su demanda, recordaba también que miembros de la Mesa de la Asamblea de la VII Legislatura (2004-2007) habían recibido una indemnización por acuerdo de ese órgano, tomada apenas una semana antes de convocadas las elecciones de mayo del 2007. 
 
Por estos hechos, el exdiputado se consideraba discriminado y en consecuencia y después de que la Mesa de la Asamblea actual le denegara la indemnización, reclamó ante los tribunales por la vía de la vulneración de los derechos fundamentales. Ambas pretensiones han sido rechazadas: ni ha habido vulneración de derechos fundamentales ni, aun no habiéndola, Dillana tiene derecho a ser indemnizado.
 
El TSJEx entiende que lo que establece el Reglamento de la Asamblea, en el sentido de que la Mesa "determinará una asignación de transición..." no es imperativo, sino potestativo, es decir, no obliga a la Mesa, sino que le da la facultad de determinar, o no, esa indemnización. Comoquiera que la Mesa ya se pronunció en contra de indemnizar a Dillana, y podía hacerlo, el TSJEx rechaza la demanda del exparlamentario.



***


Sentencia de Félix Dillana

Pulsa aquí para descargar el documento.